Carta abierta a la ministra de Sanidad, María Luisa Carcedo
#StopAcosoHomeopatía
Ante la campaña de acoso hacia la homeopatía que venimos sufriendo en los últimos años, los profesionales de la salud que empleamos este método terapéutico y los pacientes y usuarios que lo utilizamos hemos decidido hacer pública esta carta abierta a la ministra para que ponga en marcha las medidas necesarias que nos permitan ejercer nuestros derechos a prescribir, recomendar o ser tratados con medicamentos homeopáticos en libertad y sin presiones. Por todo ello, consideramos necesario aclarar los siguientes puntos:
1. La homeopatía forma parte de la medicina y, como tal, debe ser prescrita por un médico y recomendada por un farmacéutico. Los médicos homeópatas, somos, antes de nada, médicos y estamos capacitados para valorar, en cada caso concreto, la utilización de los medicamentos más adecuados para cada paciente en función de su patología.
2. A los usuarios nos asiste el derecho legal, una vez informados, a optar o complementar el tratamiento con aquello que nos parezca más oportuno, como la homeopatía. La Ley 41/2002 Básica reguladora de la Autonomía del Paciente establece como principio básico en su artículo 2.3 que “el paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles”. Así lo recoge también la Carta Europea de los Derechos de los Pacientes que en su artículo 5 menciona expresamente: “Todo individuo tiene derecho a elegir libremente entre los diferentes procedimientos de tratamientos y proveedores basándose en una información adecuada”.
3. La Organización Médica Colegial en un posicionamiento oficial en 20091 reconoce la homeopatía como un acto médico que habrá de realizar personal cualificado en centros sanitarios. Y la Organización Mundial de la Salud, máxima autoridad mundial, recomienda, en la estrategia de salud 2014-20232, la integración de las medicinas tradicionales y complementarias (entre ellas la homeopatía) en los servicios sanitarios de los distintos países.
4. Los medicamentos homeopáticos son medicamentos en virtud no solo de la legislación española sino también de la europea y están perfectamente regulados en nuestro país3,4,5,6. En algunos países de nuestro entorno más próximo como Francia, Alemania o Suiza están incorporados al sistema público de salud.
5. Como medicamentos que son, los homeopáticos se dispensan de forma exclusiva en farmacias. Es precisamente el canal farmacéutico la mejor garantía de seguridad tanto para los médicos prescriptores y los farmacéuticos que los recomendamos como para los pacientes que los recibimos. De hecho, los medicamentos homeopáticos destacan especialmente por su alto perfil de seguridad y escasos o poco relevantes efectos secundarios7. Muestra de ello es que la Asociación Española de Farmacéuticos Homeópatas (AEFHOM) estima que cerca de 20.000 farmacias, la práctica totalidad, los dispensan con un alto grado de satisfacción para los usuarios y pacientes.
6. En el caso concreto del cáncer y ante las informaciones que vienen apareciendo en los medios, la posición de los profesionales de la salud que utilizamos este método terapéutico es clara. Repetimos, una vez más que, la homeopatía no cura el cáncer y que su utilización nunca sustituye a los tratamientos pautados por los especialistas. Somos conscientes de los riesgos que entraña el abandono de tratamientos como la quimioterapia o la radioterapia en el paciente oncológico, y es por eso que la homeopatía no se ha ofrecido nunca como terapia única o sustitutiva. El uso de la homeopatía en el paciente oncológico persigue mejorar la calidad de vida del paciente y tratar, entre otros, los síntomas asociados a los efectos secundarios de la quimioterapia y la radioterapia.
7. Contrariamente a lo que los grupos de presión quieren hacer creer, sí existen evidencias y publicaciones científicas que avalan la utilidad y eficacia del medicamento homeopático. Hay investigación fundamental, estudios clínicos y observacionales que demuestran las bases científicas de la homeopatía, constatan que los medicamentos homeopáticos tienen unos efectos específicos, más allá del efecto placebo, y confirman su interés terapéutico y para la salud pública. Basta con hacer una búsqueda en Pubmed para comprobar la existencia de más de 6.500 artículos indexados8, 279 de ellos corresponden a ensayos clínicos, el tipo de estudio que con mayor fiabilidad discrimina el efecto de un principio activo con respecto al placebo. Asimismo, existen 2.402 registros de experimentos en investigación fundamental, según la base de datos HomBrex9. Además, hay publicados más de 1.500 estudios de laboratorio y la mayoría confirma los efectos biológicos de los principios activos de los medicamentos homeopáticos10.
Por todo lo expuesto, señora ministra, le pedimos que no ceda a las presiones. Piense en el lugar de indefensión en el que dejaría a todos los usuarios que ahora confían en unos medicamentos supervisados y recomendados por médicos y farmacéuticos. La demanda seguiría ahí, pero sin los controles ahora existentes.
Por ello, le solicitamos que escuche también la voz de los médicos, farmacéuticos, veterinarios, usuarios y pacientes que, debidamente formados e informados, elegimos libremente prescribir, recomendar o tratarnos con medicamentos homeopáticos. Le reclamamos también un mayor esfuerzo en la lucha contra el intrusismo que tanto daño nos está haciendo como profesionales de la salud y pacientes.
En espera de su respuesta, reciba un cordial saludo.
Si estás de acuerdo con lo expuesto en esta carta abierta a la ministra de Sanidad, María Luisa Carcedo, solicitamos tu colaboración para que firmes la petición.
#StopAcosoHomeopatía
1 CGCM. La OMC reconoce la homeopatía como acto médico que habrá de realizar personal cualificado en centros sanitarios autorizados. 2009.
2 OMS. Estrategia de la OMS sobre medicina tradicional 2014-2023.
3 Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001. Artículo 1.5
4 Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre. Artículo 55.
5 Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio. Artículo 50.
6 OM ISS/425/2018, de 27 de abril de 2018.
7 Dantas F, Rampes H. Do homeopathic medicines provoke adverse effects? A systematic review. Br Hom J 2000;89:S35-38
8 PubMed-NCBI: Búsqueda por “homeopath*”: https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/
9 The databases of the Carstens Foundation: HomBRex : https://www.carstens-stiftung.de/databases/#/
10 Clausen J, van Wijk R, Albrecht H. Review of the use of high potencies in basic research on homeopathy.Homeopathy. 2011 Oct;100(4):288–92
Han dado su consentimiento para que esta firma sea pública y se suman a esta misma petición al compartir todo lo expuesto, más de 600 Profesionales de la Salud (Médicos, Farmacéuticos, Veterinarios etc.), Físicos, Químicos y Presidentes de Asociaciones de Pacientes: