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La Asamblea Nacional de Homeopatía pone a disposición del Gobierno central todas las evidencias científicas que respaldan esta terapéutica

Fecha de publicación: 7 de noviembre de 2018

La Asamblea Nacional de Homeopatía (ANH), entidad que representa a los médicos, farmacéuticos y veterinarios que emplean este método terapéutico en España, se ha ofrecido hoy para aportar a las autoridades sanitarias las numerosas publicaciones existentes que confirman la evidencia científica de la homeopatía. La ANH ha instado a María Luisa Carcedo, ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a trabajar de forma conjunta para poner en marcha una estrategia seria, rigurosa y objetiva contra las pseudociencias.
La ANH ha hecho públicas estas declaraciones coincidiendo con la celebración hoy miércoles de la reunión de la comisión delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que tiene previsto abordar la estrategia contra las “pseudociencias”. En este contexto, la Asamblea ha recordado que, ya en 2011, el Ministerio de Sanidad publicó un primer documento de análisis de situación de las terapias naturales en colaboración con el Instituto de Salud Carlos III. El informe establecía una clara diferencia entre las terapias naturales que contaban con investigación basada en la evidencia científica (acupuntura, homeopatía y terapias físicas y manuales, como la osteopatía) y el resto de terapias y técnicas enfocadas al bienestar del paciente. El documento(1) destacaba que “los medicamentos homeopáticos, en diluciones extremadamente altas, utilizados bajo la supervisión de profesionales, se consideran seguros”. Recogía además que “muchos pacientes refieren cierto grado de satisfacción asociado a una percepción de mejoría de los síntomas o en su bienestar o en calidad de vida”.
La ANH ha instado a las autoridades sanitarias a que se constituya un comité de expertos independientes que puedan redactar, siguiendo el ejemplo de Suiza, un informe con una visión lo más completa y objetiva posible sobre este método terapéutico, su utilidad y limitaciones. El informe suizo destaca por incorporar, más allá de los ensayos clínicos, estudios de cohortes y epidemiológicos que ofrecen una radiografía más completa sobre la homeopatía.
La Asamblea ha insistido en que hay investigación suficiente tanto de laboratorio como estudios clínicos que demuestran las bases científicas de la homeopatía, constatan que los medicamentos homeopáticos tienen unos efectos específicos y confirman su interés terapéutico y para la salud pública. Basta con realizar una búsqueda en Pubmed para comprobar la existencia de más de 6.500 artículos indexados(2), 279 de ellos corresponden a ensayos clínicos, el tipo de estudio que con mayor fiabilidad discrimina el efecto de un principio activo con respecto al placebo. Además, hay publicados más de 1.500 estudios de laboratorio y la mayoría confirma los efectos biológicos de los principios activos de los medicamentos homeopáticos(3). Existen también estudios epidemiológicos como el EPI3, realizado en Francia, que revela que los pacientes tratados por médicos homeópatas consumen menos antiinflamatorios, psicotrópicos y antibióticos y, por tanto, padecen menos efectos secundarios. De hecho, la propia Organización Mundial de la Salud, máxima autoridad mundial en este campo, recomienda, en la estrategia de salud 2014-2023(4), la integración de las medicinas tradicionales y complementarias (entre ellas la homeopatía) en los servicios sanitarios de los distintos países.
La Asamblea ha recordado también que una de las mejores pruebas de que la homeopatía no debe confundirse con las pseudociencias es la consideración que tienen tanto en España como en Europa los medicamentos homeopáticos (5,6,7,8). Estos fármacos son medicamentos en virtud no solo de la legislación española sino también de la europea y están perfectamente regulados en nuestro país. En algunos países de nuestro entorno más próximo como Francia, Alemania o Suiza están incorporados al sistema público de salud.
En este contexto, la ANH ha valorado de forma muy positiva la resolución de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), por la que se establece la relación de medicamentos homeopáticos que los laboratorios han comunicado para su adecuación al Real Decreto (RD) 1345/2007, de 11 de octubre. La ANH ha destacado que la regulación ofrece un marco de seguridad para profesionales sanitarios y pacientes y supone un avance para que España adecúe su normativa a la del resto de los Estados Miembros de la Unión Europea.
La entidad ha hecho hincapié además en que el listado de cepas y medicamentos hecho público por la Agencia Española de Medicamentos cubre sobradamente las necesidades terapéuticas tanto de los pacientes que emplean la homeopatía como de los médicos y farmacéuticos que la prescriben y recomiendan. En este sentido, la ANH ha querido además lanzar un mensaje de tranquilidad a los pacientes y ha señalado que los usuarios de la homeopatía no notarán ningún cambio en los tratamientos que emplean. Seguirán recibiendo las mismas prescripciones de sus médicos y podrán seguir adquiriendo los mismos medicamentos en sus farmacias. Por último, la Asamblea ha aclarado que las 2.008 comunicaciones realizadas a la AEMPS se corresponden mayoritariamente con cepas de las que saldrán distintas diluciones, presentaciones y formas farmacéuticas, por lo que el total terapéutico resultante, una vez finalice el proceso regulatorio, será mucho mayor.

(1) El Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad publica el primer documento de análisis de situación de las terapias naturales: https://www.mscbs.gob.es/novedades/docs/analisisSituacionTNatu.pdf

(2) PubMed-NCBI: Búsqueda por “homeopath*”: https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/
(3) Clausen J, van Wijk R, Albrecht H. Review of the use of high potencies in basic research on homeopathy.Homeopathy. 2011 Oct;100(4):288–92
(4) OMS. Estrategia de la OMS sobre medicina tradicional 2014-2023.
(5) Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001. Artículo 1.5
(6) Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre. Artículo 55.
(7) Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio. Artículo 50.
(8) OM ISS/425/2018, de 27 de abril de 2018.

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